Convenio de cesión de terreno en Benimantell

CONVENIO DE CESIÓN GRATUITA DE USO TEMPORAL DE UNA PORCIÓN DE TERRENO, PROPIEDAD DE LA FUNDACIÓN BENÉFICO ASISTENCIAL Dª. CONCEPCIÓN Y D. PEDRO ARAGONÉS AL AYUNTAMIENTO DE BENIMANTELL.

El Ayuntamiento de Benimantell, en el Pleno Municipal celebrado el 31 de mayo de 2013, aprobó previa legal tramitación, solicitar las correspondientes ayudas a la Diputación Provincial de Alicante, para la construcción del proyecto denominado “Paseo-Mirador de la Pedrera”, y así adherirse a la Convocatoria del Plan Provincial de Cooperación a las Obras y Servicios de Competencia Municipal.

Que para el interés general, y con la intención de dotar a esa población de servicios públicos acorde a sus necesidades, resulta conveniente usar una porción de terreno de la propiedad de la Fundación Aragonés.

Dicha actuación se pretende acometer en una franja de terreno que discurre paralelo a la carretera CV-755, (Benimantell-Castell de Guadalest), ocupando íntegramente superficie de la finca de la Fundación, y resultando todo ello una ocupación aproximada de unos 175 m lineales de paseo, por 3 metros de ancho, según viene grafiado en el plano que se aporta.

La Fundación Benéfico-Asistencial “Doña Concepción y Don Pedro Aragonés” de la Comunidad Valenciana, cede gratuita y temporalmente al Ayuntamiento de Benimantell el uso del bien objeto de esta cesión.

Ambas partes prestan su efectivo consentimiento a los efectos de proceder a verificar la presente cesión y llevar a cabo todos los actos que a cada uno corresponda, en los términos expresados, y cumplir todas las condiciones pactadas.

A partir del presente acto de cesión, el bien manifestado, quedan abiertos al uso público conforme a su destino proyectado, obligándose el Ayuntamiento a retirar por su cuenta y riesgo cuantos elementos existan en la propiedad y que resulten incompatibles con el destino de la cesión.

El Ayuntamiento acepta, a través de su legal representante, el Sr. Alcalde-Presidente, la cesión del citado uso, tomando posesión de dichos bienes desde este momento.

La Fundación a través de su legal representante D. Jaime Lloret Lloret, acepta dicha cesión de acorde al proyecto presentado por ese Ayuntamiento y sin ninguna contraprestación por ello, ni pago alguno.

La Fundación queda expresamente exonerada ante cualquier tipo de responsabilidad que se derivara del bien que se cede y su posterior uso; a tal efecto, el Ayuntamiento se obliga a formalizar cuantas pólizas de seguro sean necesarias a fin de que respondan por cualquier eventualidad que se produjere.

Los gastos de todo tipo (Licencias, tasas, impuestos, acondicionamientos, equipamientos, obras, seguros, etc….) que se deriven de la presente cesión y ejecución del proyecto, serán satisfechos íntegramente por el Ayuntamiento de Benimantell, así como los emanados de cualquier tipo de obligación recayente sobre dicha propiedad, salvo que se acuerde de forma distinta por ambas partes.

Asimismo, el Ayuntamiento se compromete a realizar a su costa, todos los acondicionamientos que resultaren necesarios para la mejora de la finca adyacente y sus accesos.

El Ayuntamiento de Benimantell se compromete a desarrollar a su costa el proyecto denominado “Paseo-Mirador de la Pedrera”, y sin que pueda ser destinado este terreno a otro tipo de actuación que no sea la estrictamente expuesta en este documento, ni ceder parcial o totalmente a terceros el terreno objeto del presente .

En el supuesto de incumplimiento de lo aquí acordado, quedaría sin efecto esta cesión, pasando inmediatamente a la propiedad sin que pueda reclamar nada al respecto, y dejando el terreno ocupado a su estado de origen.